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La directora de la carrera de Derecho, de la Clínica Jurídica y Presidenta del directorio del Servicio Jesuita Migrante, Macarena Rodríguez analiza la Ley de Migraciones que fue promulgada el 11 de abril pasado.
Fuente: Revista Mensaje
El Congreso aprobó en enero de 2020 una nueva Ley de Migración y, luego de la revisión de ciertos artículos por parte del Tribunal Constitucional y que significó la eliminación de seis de sus disposiciones, la normativa ha comenzado a estar vigente. La anterior Ley de Extranjería y Migración de 1975 es, evidentemente, una regulación obsoleta e insuficiente para los tiempos que corren, particularmente por el crecimiento de la migración y por las características que presentan los flujos migratorios actuales.
Antes de analizar algunos de los cambios más relevantes que implicará esta nueva ley, es importante tener presente que la migración es un fenómeno global y en constante crecimiento en las últimas décadas. Hoy se estima que más de 74 millones de personas migran en el mundo, lo que equivale al 3,5% del total de la población mundial (1). Sin embargo, quienes migran buscan como principal lugar de residencia a las naciones más desarrolladas y en esos países la tasa promedio de población migrante es de un 9,8% (2). Más allá de la reducción circunstancial de la movilidad de las personas como consecuencia de la Pandemia por Covid 19, razones como la globalización, las enormes desigualdades entre las economías de los países más ricos y más pobres, la búsqueda de mejores oportunidades y las crisis políticas y/o económicas, hacen que cada vez más personas migren desde sus países de origen a otros. En muchos casos se trata de una decisión muy poco voluntaria, donde la salida constituye más bien la manera de sobrevivir…
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