María Angélica Benavides, Doctora en Derecho, académica en Derecho Internacional Público de la Universidad Alberto Hurtado.
Aquí hay un caso. Eso es lo que declaró la Corte Internacional de La Haya en una jornada compleja para Chile y Bolivia enfrentados por la demanda de salida al mar del país altiplánico. Ambos países esperaron ansiosos si habría posibilidad o no de tener un proceso. Y lo habrá. Así lo explica la doctora en Derecho Internacional Público de la Universidad Alberto Hurtado, María Angélica Benavides C.
-¿Qué debemos entender jurídicamente que la Corte de La Haya se declare competente frente a la demanda de Bolivia?
La declaración de competencia decidida por la Corte es la expresión de lo que se conoce como “competencia de la competencia” que define si un asunto puesto en su conocimiento por algún Estado, es susceptible de ser conocido por ella en forma de juicio y llegar a una sentencia. Es ella quien decide si existe un caso.
Chile alegó que la demanda Boliviana no reviste las características de ser un “caso”, ya que no hay norma de derecho internacional violada, considerando que el tratado de 1904 ha resuelto todos los aspectos entre ambos países en relación al tema marítimo.
-¿Por qué desde el derecho es un fallo positivo para nuestro país?
Esta decisión no es ni positiva ni negativa para Chile. Debemos entenderla como el inicio de un camino en el que ambos países deberán probar que hay o no, una obligación de “salida soberana al mar” que obligue a Chile. El juicio por lo tanto recién comienza.
-¿Qué veremos de aquí en adelante en el proceso judicial?
Chile tiene la gran oportunidad de probar que cada uno de sus actos, desde 1904, han ido en una única dirección: intentar que los efectos perjudiciales de la mediterraneidad boliviana han sido abordados por Chile, expresándose en amplios derechos otorgados a Bolivia para la utilización de sus costas, sin soberanía.
Las diversas etapas procesales servirán para que cada estado ponga en conocimiento de la Corte los hechos y el derecho aplicable que se refieran por el lado boliviano a demostrar que Chile se ha comprometido a una entrega soberana, y por parte de Chile que esta obligación nunca ha existido, porque el dominio soberano del territorio se fijó en 1904, y que los actos posteriores de nuestro estado, han ido encaminados a mantener las mejores relaciones vecinales, entregando amplias facilidades a Bolivia en la utilización de nuestros puertos y caminos. Es decir, Chile tiene la oportunidad de demostrar que Bolivia intenta revestir los actos de buena vecindad que hemos tenido en actos que constituirían promesas constantes de salida soberana. Eso difícilmente lo podrá probar Bolivia.
¿Por qué se dice que este caso puede durar 3 años y más?
Los casos ante la Corte son largos ya que los temas refieren a aspectos esenciales de los estados y esto hace necesario un tratamiento muy delicado de todos y cada uno de los puntos, entregando procesalmente a cada parte espacios considerables de tiempo para su debida preparación.