Fuente: Radio concierto.
Leonardo Moreno, director Departamento de Derecho Procesal y Resolución de Conflictos Facultad de Derecho.
“Yo creo que hay que hacer algunas distinciones. Las reacciones corporativas en general no son buenas, uno diría que la Corte Suprema está reclamando sobre la posibilidad de aplicación de una norma que está en la constitución. O sea la posibilidad de acusar constitucionalmente a un miembro del poder judicial, por notable abandono de deberes, está consagrado en la constitución. Pero sí pareciera que una ves más que la situació de casos puntuales lleva a la descalificación completa de determinados porcesos como en este caso, los de los que conceden la libertad condicional. A mí me parece que eso es una exageración, esto es un beneficio que está establecido desde las primeras décadas del 1900 no es algo nuevo, lo que se podría conversar o revisar es el procedimiento, pero la magistrada Donoso lo que hizo fue cumplir el procedimiento tal como hoy está reglado, podemos coincidir en que no es lo mejor, pero así está reglado”.
“Aquí hay una comisión. Ella era la presidenta de la comisión y en el caso de Valparaíso, más cuatro jueces, o sea no es una decisión que arbitrariamente toma una persona, es una decisión por decirlo a lo menos colectiva, pero además esto es importante decirlo el informe de gendarmería es un insumo más de los que tiene que considerar esta comisión para determinar si concede o no los beneficios. En general, y esto ha sido así históricamente, los informes no son vinculantes para esa comisión, es decir, sea positivo o negativo no obliga a la comisión”.
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